Matrimonio

¿Qué es el Sacramento del Matrimonio?

El Sacramento del Matrimonio es el Sacramento instituido por Cristo que establece la unión entre el hombre y la mujer libremente por amor para toda la vida, para que con la Gracia de Dios se ayuden mutuamente y eduquen cristianamente a sus hijos. Es el Sacramento de la consagración del amor humano. Es plan de Dios, es una vocación divina. Es comunidad de vida y amor, camino de salvación personal y del otro, no es un contrato sino una alianza.

Dios los creó hombre y mujer y puso en sus manos el futuro de la humanidad (Génesis 1 ,27-28). Por eso dejará el hombre al padre y a la madre y se unirá a la mujer, y serán una sola carne. De manera que ya no son dos, sino una sola carne. Por tanto, lo que Dios unió no lo separe el hombre (Mateo 19, 5-6; Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 1604-1605).

Quiero casarme

No antes de seis meses de la fecha de la boda, los novios deben hacer el expediente previo para la celebración. Para ello cada contrayente tramitará su parte en la parroquia propia, es decir, en la parroquia en la que vive en estos momentos (no donde se bautizó o donde se quiere casar). Una vez finalizado, el expediente se lleva a la parroquia de la novia donde se completa en un expediente único. Una vez completado, el expediente se lleva a la parroquia donde se van a casar.

La documentación a aportar por cada contrayente para el expediente es la siguiente:

  1. Certificado literal de Bautismo, expedido por la parroquia en el que tuvo lugar y con fecha no anterior a los seis meses de la fecha prevista de boda. Si son de otra Diócesis, debe estar legalizada por el obispado correspondiente.
  2. Fotocopia del DNI de los contrayentes o del pasaporte.
  3. Certificado literal de nacimiento y certificado de soltería de ambos, expedido por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento.
  4. Dos testigos: mayores de edad, que no sean familia cercana de los contrayentes y que los conozcan suficientemente. Deben venir provistos de su DNI.
  5. En caso de que uno de los contrayentes o ambos, hayan estado casados sólo por lo civil y se hayan divorciado, deberán presentar la certificación literal del matrimonio en la que esté asentada el acta de divorcio o, en caso de que no figure el acta de divorcio en el certificado de matrimonio, deberán presentar la sentencia de divorcio.
  6. En el caso de nulidad del matrimonio precedente, se presentará la declaración de nulidad. En este caso,deberá aportar el certificado civil del matrimonio anterior.
  7. Certificado de haber realizado el Cursillo Prematrimonial.
  8. Si los contrayentes quieren celebrar el matrimonio en otra parroquia que no es la suya propia, la novia solicitará de su párroco la llamada “Fuga”. No se considerará fuga de parroquia si el matrimonio se celebra en la parroquia donde van a residir. Una vez concluido el expediente, se traerá a la Parroquia.

Quiero solicitar un certificado de matrimonio

Para solicitar un certificado de matrimonio lo puedes hacer acudiendo al despacho parroquial o mediante el siguiente formulario:


 

Para recoger el certificado de matrimonio será necesario acudir personalmente al despacho parroquial. Si no puedes venir personalmente debes autorizar a la persona que venga a recogerla.

Formulario de autorización.